La Corte Constitucional de Colombia avaló hoy el derecho de heredar a los compañeros permanentes de homosexuales, o con quienes hayan hecho vida marital.
En un comunicado, el tribunal declaró ilegal la limitación que existía para que los bienes pasaran legalmente al poder sólo del cónyuges, con lo cual ahora heredarán las parejas en unión libre y, por extensión, las parejas homosexuales.
El pronunciamiento de la Corte Constitucional es histórico porque amplia la visión legal en el país sobre los derechos de las parejas de igual sexo.
En su pronunciamiento el tribunal pidió al Congreso que legisle sobre las uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo dado que es “un tema de trascendencia social que merece debate”.
Sin embargo, la Corte precisó que su decisión “sólo tiene efectos patrimoniales”, por lo cual se mantiene vigente el concepto de familia que en el marco legal colombiano se entiende como la unión entre hombre y mujer con fines de procrear.
Las comunidades homosexuales colombianas mantienen una fuerte lucha por lograr que el estado colombiano reconozca el matrimonio entre parejas gays y su derecho a adoptar.
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